ERTE: ¿Errores o incumplimientos?

Hace unos días comenzamos a recibir casos de compañeras y compañeros con Reducción de Jornada por Guardia Legal o por Cuidado de Personas Dependientes que, estando afectadas por el ERTE, nos preguntaban si el complemento de ERTE estaba o no bien calculado.

El correo electrónico enviado por la empresa donde se le informaba de la afectación a ERTE, en su: “MEJORA DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO” se indicaba lo siguiente:

“En el supuesto que algún trabajador haya estado en situación de Incapacidad Temporal u otra situación de suspensión del contrato o reducción de jornada (al amparo del artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores), se considerarán los importes que hubiera percibido en los conceptos señalados de no estar en dicha situación.”

Sin embargo, hemos podido comprobar que, al menos en algunos casos de personas que antes del ERTE tenían reducción de jornada, esto no se ha aplicado así, abonando menos cantidad de la comprometida en la Mejora de la Prestación por Desempleo del ERTE.

Esto hace que las 110 personas con reducción de jornada afectadas por el ERTE podrían no estar recibiendo el complemento ERTE prometido por la empresa.

Por ello, hemos solicitado a la empresa que regularice esta situación y recalculen el complemento ERTE y abonen de manera inmediata a estas personas (que son nada menos que 1/3 de los afectados por el ERTE) las cantidades correctas.

Si estás en este caso, y tienes dudas de si se ha calculado bien tu complemento de ERTE, no dudes en contactarnos a es.cobas@atos.net