Coincidiendo con la época de confinamiento, recibimos un correo sorprendente de RRHH, una consulta sobre una normativa sobre la vestimenta, que la empresa pretende aplicar.
Tras valorar el texto enviado por la empresa, hemos podido comprobar que no se trata de un documento con recomendaciones, sino de uso obligado, con detalles indefinidos sobre qué colectivos deben usar determinadas formas de vestimenta y además con carácter sancionador en caso de incumplimiento.
Dicho Código de vestimenta, pretende por ejemplo determinar si el largo de una falda debe estar a x dedos de la rodilla, si el largo de los pantalones es apropiado, el tipo de calzado que debemos llevar e incluso prohíbe el uso de los tirantes.
Obviamente, no pretende abonarnos un importe fijo por uniformidad, pero si pretende, de alguna manera que vayamos “semi uniformados”.
Por todo ello, nuestro informe valorativo es contrario a esta normativa y así se lo hemos hecho saber a la dirección.
Os iremos informando de cómo avanza este asunto.