Comisión de Igualdad: Cobas traslada a la mesa la situación de reducciones de jornada por cuidado de persona dependiente.
Tras recibir distintas consultas al correo de la sección sindical de cobas, durante la reunión mensual de la Comisión de Igualdad hemos querido tratar este asunto.
Como muchos sabréis, la empresa ha enviado un mail a aquellas personas que disponen de una reducción de jornada para el cuidado de un familiar de hasta segundo grado, en el que se le instaba a presentar antes de la finalización de diciembre, la siguiente documentación para seguir manteniendo esta jornada reducida (finalmente se ha ampliado hasta finales de enero a petición de la RLT y en caso de o presentarla perderían este derecho):
– Empadronamiento del empleado/a y del familiar objeto de cuidados. (Este documento lo solicita la empresa de manera periódica).
– Certificado del médico de cabecera de la seguridad social del familiar objeto de cuidados, acreditando que “no puede valerse por sí mismo en las actividades básicas de la vida diaria”. (este también es un documento que la empresa otros años ha pedido)
– Certificado o informe de situación de pensionista. (la solicitud de este documento es nueva, suponemos que pretende justificar tal como marca el Estatuto de los Trabajadores que la persona que requiere cuidados “no desempeña actividad retribuida”, pero podría darse el caso que esta persona no sea pensionista por lo que la empresa no debería haber exigido un documento concreto, sino uno que justifique que no tiene actividad laboral).
– Informe de los Servicios Sociales que certifique que la persona trabajadora debe cuidar del familiar en cuestión de manera directa o documentación que acredite que ningún otro familiar se encarga de dicho cuidado.
En relación a este último punto (informe de los Servicios Sociales), es la primera vez que la empresa requiere este documento. En nuestra opinión la empresa se excede en esta petición dado que el Estatuto de los Trabajadores que dice:
“Si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.”
En ningún caso, la ley exige que tan solo un familiar deba encargarse del cuidado. Por otro lado, sabemos que los Servicios Sociales se están negando a expedir dicho certificado a aquellas personas que, a pesar de las dificultades, han conseguido comunicar con ellos en este limitado plazo de tiempo.
Ante esta situación, hemos trasladado este asunto a la Comisión de Igualdad. Por un lado, para que se solicite la retirada de solicitud de certificado a Asuntos Sociales por no ajustarse a derecho y, por otro lado, le hemos requerido a que si algunas personas no pudieran tener en tiempo y forma el resto de los documentos, se le permita mantener dicha reducción de jornada hasta que pueda entregarlos.
De todos es sabido que en los tiempos de Covid, tener respuesta inmediata de cualquier organismo es muy complejo. No poder atender a tus familiares por un mero trámite administrativo, puede implicar un complicado problema de conciliación y cuidados de quienes más les necesita. Esperamos que en breve la empresa nos responda de manera positiva.
Si tienes dudas sobre este asunto, ponte en contacto con nosotros es.cobas@atos.net