Tras la reiterada negativa de la empresa, a aceptar la petición de la RLPT de ampliar la jornada intensiva, finalmente han aceptado cumplir con el Acuerdo Marco.
El Acuerdo Marco es muy claro al respecto, indicando que cuando se produce un exceso de jornada en cómputo anual se debe ampliar la Jornada intensiva. Aunque la empresa ha sido muy reticente a aplicarlo, finalmente hemos recibido el siguiente texto:
“Finalmente, en aras de llegar a un acuerdo en esta materia, se ha optado por lo siguiente:
- Madrid: Con motivo del exceso de jornada de 1 hora que resulta, se ampliará la jornada de verano al día 15 de junio. Dado que ello supondría la reducción de la jornada en 1 hora y 30 minutos, se deberá recuperar media hora a elección de la persona trabajadora, antes del 31 de diciembre de 2021, previo acuerdo con su manager.
- Valencia: El día 24 de junio, de manera puntual y excepcional para este año, será un día no laborable para la totalidad de la plantilla de este centro. Por tanto, será preciso que las personas trabajadoras recuperen 3 horas y 30 minutos, conforme elijan voluntariamente y previo acuerdo con su manager, antes del 31 de diciembre.”
Nos parece perfecta la solución planteada en cuanto a los días de jornada, si bien hay un punto que es totalmente inaceptable, y es el hecho de que quieren que las personas recuperen el exceso de jornada, el cual NO se produce.
El Acuerdo Marco especifica claramente que el cómputo máximo anual es de 1760, por lo que en ningún caso hay que recuperar ni un solo minuto.
También resulta “cutre” que, por ejemplo, en Madrid quieran hacer recuperar 30 minutos en un año cuando la mayoría de las personas hace un exceso de horas.
Si se ponen tan “rigurosos” pues habrá que ceñirse al horario y no regalar tiempo a los proyectos para que luego les salgan muy rentables y algunas personas cobren bonus.