Acuerdo de Teletrabajo: Continuos incumplimientos

No paramos de recibir información de muchas de las personas que trabajamos en Atos Spain sobre las tropelías que se están realizando al amparo del Acuerdo de Teletrabajo de eficacia limitada firmado por la empresa y UGT:

  • Incumplimiento de los plazos para contestar a la solicitud de teletrabajo (según dicho acuerdo el plazo máximo de es de 30 días laborables a contar desde la recepción de la solicitud).
  • Denegación de teletrabajo por pertenecer a un colectivo, como por ejemplo el Bench.
  • Denegación de teletrabajo inferior al 30%, instando a quien lo solicita a suscribirse al acuerdo de anteriormente mencionado.
  • Negación de la información a toda la RLPT sobre las denegaciones y concesiones de teletrabajo.
  • Denegación para que toda la RLPT pueda participar en la Comisión de Gestión creada para controlar las solicitudes.
  • Cláusulas ilegales en los contratos de teletrabajo.

Y así podríamos seguir ampliando esta lista de incumplimientos.

Nos llama mucho la atención cómo el sindicato firmante, que se autonombró “salvador del teletrabajo” en Atos Spain, ahora, cuando ni siquiera su propio acuerdo se está cumpliendo, callan y no se pronuncian reclamando que se cumpla íntegramente.

El derecho a la información que nos niega la empresa

Como ya sabéis, tras el cambio de dirección de RRHH de la compañía, las relaciones con la Representación Legal de las Personas Trabajadoras (RLPT) ha ido deteriorándose hasta el punto de que se nos ha incluso instado a que la comunicación con la dirección se realice a través de correo electrónico, en lugar de reuniones con un diálogo fluido, como venía ocurriendo en el pasado.

A consecuencia de todo esto, la información que se nos facilita al amparo del Artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores cada vez es más parca y escasa.

Ante esta situación y tras haber solicitado en reiteradas ocasiones determinados datos que la empresa se niega a darnos, hemos enviado el siguiente correo reclamando nuestro derecho a la información:

“Buenos días,

Como hemos solicitado en varias ocasiones en el pasado, la empresa está incumpliendo en relación a la información que debe facilitar en virtud del Art.64 del Estatuto de los trabajadores, que especifica el derecho de información y consulta, así como desglosa toda la información que debe ser aportada.

Les emplazamos a que cumplan con sus obligaciones y así permitan a la representación de los trabajadores y trabajadoras, ejercer su labor sindical.

 Un saludo,”

Esperamos que la empresa rectifique y cumpla con sus obligaciones legales, cesando su actitud cada vez más intransigente y poco profesional.

Atos y sus encuestas

Nos llama muchísimo la atención cómo la empresa permanece con las orejeras puestas para no mirar a los lados, sin pararse a observar a las personas que aquí trabajamos y vemos cada día un trato más frío e impersonal.

Aunque se vanaglorian de lo mucho que les importa que conciliemos nuestra vida, lo cierto es que, de un día para otro, en pleno periodo estival, cuando apenas hay residencias de día para mayores disponibles, ni colegios o extraescolares programadas, en pleno incremento de las cifras de contagios, nos obligaron a retornar a las oficinas el pasado 5 de julio.

Tampoco se preocupan mucho de los motivos por los que, en ciertos clientes y proyectos concretos, el índice de bajas por ansiedad o estrés hace estragos.

Ni se han molestado en contestar cientos de solicitudes de teletrabajo, algunas entregadas a principios de julio, incumpliendo con lo que dice su propio acuerdo de Teletrabajo hecho a la carta. Esto está llevando a que algunas personas abandonen la compañía para irse a trabajar a la competencia.

Y menos aún se preocupan de cómo nos está afectando ver a nuestras compañeras y compañeros, estén o no en proyectos, cuando son convocados a una reunión “virtual” supuestamente “de trabajo” para luego, ejecutar su despido. Siendo testigos de cómo recogen sus cosas con lágrimas en los ojos, y cómo las personas de su alrededor se miran angustiados sin saber qué decir.

Parece que, a partir de 50 años, ya no les vales en Atos, y ni se toman en cuenta que si te despiden te arruinarán tu jubilación después de años dándolo todo en esta empresa.

¿Verdaderamente Atos es un “gran lugar para trabajar”?

Les es suficiente con estar una temporada machacándonos con correos para que hagamos “su encuesta” Great Place To work (que lanzarán el próximo 27 de septiembre), dado que obteniendo una alta participación quedan bien en la foto, en lugar de preocuparse realmente en los problemas del día a día que sufre la plantilla.

Como cada año, insistimos en que, aunque hay gente muy interesada y haciendo un gran trabajo con el objetivo de que esta encuesta sea algo positivo, la dirección tan solo está interesada en el porcentaje de personas que la cumplimentan, y obtener el famoso sello de cara a la galería, el contenido de la misma les importa muy poco.

Este año existe una novedad con respecto a Atos y sus encuestas, y es que, el próximo día 24 de septiembre, nos enviarán también, la Evaluación de Riesgos Psicosociales.

La diferencia es que esta evaluación, está programada por el equipo de Prevención, sus resultados deben ser analizados e implican adoptar medidas correctivas. Por lo tanto, nuestra recomendación es que, si tienes poco tiempo, dediques unos minutos a rellenar la Evaluación de Riesgos Psicosociales, que es la encuesta que vale para algo.

Qué hacer en caso de despido

Como ya conocéis, de nuevo se están produciendo despidos en Atos Spain. La empresa, sospechamos que amarrada a la línea más fina de la legalidad nos tememos que volverá un trimestre más con su treintena de despidos, para no saltarse la normativa, desplegando a su equipo de “despedidores”, que a destajo van llamando de lunes a miércoles a las víctimas de la avaricia de la dirección para notificarles su salida de la empresa. Está claro que para nuestro equipo directivo no somos más que números.

Últimamente, la forma que tienen de proceder para ejecutar un despido, es citarte por Teams y cuando te conectas a la supuesta reunión, te encuentras que estás rodeado de tus compañeras y compañeros, con mucho ruido de fondo y con cero intimidad para gestionar la situación. Lejos de atender a nuestras peticiones de realizar el despido de la manera menos traumática posible, la empresa sigue a su aire.

¿Qué es importante saber si te encuentras ante tu propio despido? ¿Cómo debes actuar?

  • Lo primero y más importante es que sepas que tienes el derecho a que el despido no se produzca hasta que no hay una persona de la Representación Legal de las Personas Trabajadoras (RLPT) acompañándote en el despido, que pueda asesorarte sobre si se está produciendo correctamente.

Pide nuestra asistencia y no permitas que el despido continúe, hasta que no estemos presentes.

  • La carta de despido: la empresa te presentará una carta de despido estándar, suele ser un formato igual en todos los casos, en la que alega bajo rendimiento. Si el despido no es presencial, espera a terminar la llamada, imprímela y fírmala indicando de tu puño y letra la fecha y el texto “NO CONFORME”.

La persona que te despida insistirá en que envíes un mail durante el despido, indicando que has recibido la documentación, nosotros te recomendamos que no envíes nada hasta la revisión de los documentos, a posteriori, si quieren que firmes durante el despido, que te llamen a un despacho y lo realicen de manera presencial.

  • El finiquito: te darán también un documento tipo nómina con el finiquito. En este podrás ver los conceptos de nómina que te corresponde cobrar por el mes en curso trabajado, las vacaciones que aún te adeudan, la parte proporcional de la paga extra etc.

Este documento es conveniente que lo revises detenidamente, si atiende el despido algún delegado o delegada de Cobas, nosotros te lo revisamos. Puedes también imprimirlo y firmarlo indicando: fecha, y el siguiente texto: “pendiente de revisión y abono”.

  • Por otro lado, te facilitarán los datos con los que han calculado tu indemnización en base a tu antigüedad en la empresa. Toma nota de estos datos o pide que te los envíen, para poder contrastar si los datos son correctos.
  • Por último, te recomendamos que te des de alta en el SEPE y pidas cita para tramitar que te abonen la prestación correspondiente.

En general la empresa siempre reconoce la improcedencia del despido, pero para poderte abonar la indemnización hay un trámite administrativo que hay que seguir, se trata de acudir al SMAC (Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación), tendrás que cumplimentar un formulario online para solicitar cita. Cuando acudas a la misma, se formalizará el despido, se levantará acta de este y la empresa, a través de un representante, reconocerá que es improcedente, así como su compromiso de abonarte la indemnización. De este acto se levanta acta, que servirá como justificante ante Hacienda de que la cantidad abonada está exenta de tributación.

De nuevo insistimos en que tienes el derecho a estar acompañado por tu representación sindical, si te encuentras en esta situación, no dudes en solicitar que la empresa se ponga en contacto con la Sección Sindical de Cobas.