No paramos de recibir información de muchas de las personas que trabajamos en Atos Spain sobre las tropelías que se están realizando al amparo del Acuerdo de Teletrabajo de eficacia limitada firmado por la empresa y UGT:
- Incumplimiento de los plazos para contestar a la solicitud de teletrabajo (según dicho acuerdo el plazo máximo de es de 30 días laborables a contar desde la recepción de la solicitud).
- Denegación de teletrabajo por pertenecer a un colectivo, como por ejemplo el Bench.
- Denegación de teletrabajo inferior al 30%, instando a quien lo solicita a suscribirse al acuerdo de anteriormente mencionado.
- Negación de la información a toda la RLPT sobre las denegaciones y concesiones de teletrabajo.
- Denegación para que toda la RLPT pueda participar en la Comisión de Gestión creada para controlar las solicitudes.
- Cláusulas ilegales en los contratos de teletrabajo.
Y así podríamos seguir ampliando esta lista de incumplimientos.
Nos llama mucho la atención cómo el sindicato firmante, que se autonombró “salvador del teletrabajo” en Atos Spain, ahora, cuando ni siquiera su propio acuerdo se está cumpliendo, callan y no se pronuncian reclamando que se cumpla íntegramente.
Bueno, en mi caso me han reclamado por qué no he ido a la oficina en todo el mes puesto que no tenían constancia de que estuviera de baja, ni de permiso ni tuviera pedido el teletrabajo…. que sí lo tengo pedido desde principio de septiembre, y con el ‘agravante’ de que RRHH me solicitó además completar una casilla en el documento que se me había olvidado llenar…:)
Me gustaMe gusta