El miércoles 30 de marzo recibimos en nuestros correos uno relativo a la “Actualización de la herramienta de gastos extras para el control de las horas extras”.
Por un lado, nos sorprende que no se haya realizado comunicación o consulta alguna a la Representación Legal de las Personas Trabajadoras (RLPT). No entendemos porqué no se nos ha explicado e informado de su nuevo funcionamiento, así como de las normas que se están aplicando, ya que este control no es exclusivo de la empresa, sino precisamente para que la RLPT garantice el correcto uso que se hace de ellas. Esto ya es bastante sospechoso.
De la comunicación de la empresa destacamos la frase: “Es importante cumplir con este requisito legal porque en caso contrario la compañía podrá ser sancionada por incumplimiento de la legislación actual” es decir, ¿las personas trabajadoras deben cumplir, pero la empresa no?
En esta comunicación solo se explica el nuevo funcionamiento de la herramienta, dejando claro que, no van a permitir a la RLPT poder ver, de forma trasparente, las peticiones realizadas y no aprobadas, excesos de jornadas etc., tal y como exige la ley.
Esperemos que en breve nos expliquen claramente el funcionamiento, normas y restricciones de este “automatismo”, así como la forma en la que la plantilla puede exigir que se le reconozcan las horas extraordinarias, en caso de no haberse planificado inicialmente.