Remuneración festivos especiales

En Atos Spain se consideran festivos especiales los días 24, 25 y 31 de diciembre, así como los días 1 y 6 de enero.

Para el personal que esté dentro del horario general se compensará con arreglo a la siguiente fórmula:

horario1

Para el personal que se encuentre en situación de disponibilidad, las compensaciones por trabajar alguno de estos días es:

horario2

Para el personal dentro del sistema de turnos, las compensaciones serán las siguientes:

horario3