Tras someter a consulta, primero a nuestra afiliación y la pasada semana, a toda la plantilla de Atos Spain, el 14 de marzo, la Sección Sindical de COBAS hemos firmado el nuevo Acuerdo de Teletrabajo para Atos Spain.
Aunque el texto ya lo conocéis, podéis verlo de nuevo pinchando aquí.
Tras la firma de dicho acuerdo, COBAS solicitó dejar regulado cómo será la transición para aquellas personas que ya dispongan de teletrabajo, así como las que lo quieran solicitar en base a este nuevo acuerdo. La empresa aceptó esta petición dejando registrado el procedimiento en un acta.
¿Qué repercusiones tiene para la plantilla?
Los acuerdos individuales de teletrabajo solicitados con el anterior acuerdo dejaron de tener validez tras el inicio de las negociaciones de teletrabajo, en junio de 2022, aunque la empresa en su momento decidió mantener el teletrabajo existente mientras durase este proceso.
Por lo tanto, existe la necesidad legal ante la Seguridad Social, de tener que firmar un nuevo acuerdo individual de teletrabajo para registrar ante este organismo las nuevas condiciones.
Con este nuevo escenario, todas las personas que estén interesadas en teletrabajar deben solicitarlo.
¿Cómo funciona el nuevo sistema?
En esta ocasión, para evitar la saturación y demoras que tuvieron lugar en su día, la empresa pondrá en funcionamiento en los próximos días una aplicación que colgará de “Mis aplicaciones”, donde pretende automatizar todo el procedimiento.
¿Qué tengo que hacer?
1.- Tendrás que realizar una solicitud en la nueva herramienta. No hay que abrir tickets. La única modalidad que contemplará la herramienta será del 60%.
2.- Esto lanzará automáticamente una llamada al Line Manager para que apruebe dicha solitud, siempre que el puesto permita teletrabajar.
3.- Una vez aprobado, de manera automática, llegará la solicitud al equipo de Prevención (PRL), quienes enviaran a la persona solicitante el formulario a completar.
4.- Una vez completado, el proceso quedará resuelto y el teletrabajo autorizado
¿Qué repercusiones tendrá para quienes tuvieran ya teletrabajo?
Una vez que la herramienta esté operativa, la empresa enviará una notificación a quienes ya tenían un contrato de teletrabajo para que hagan la nueva solicitud. El proceso es igual al anterior, pero, se garantiza un plazo mínimo de 15 días laborables de teletrabajo desde que la herramienta esté en funcionamiento, para tener hecha y aprobada la solicitud. De esta manera, nadie debería dejar de teletrabajar durante la transición de un contrato individual de teletrabajo, al nuevo.
Como ya hemos indicado, la modalidad de teletrabajo a solicitar será del 60%.
¿Y si tengo que pedir más del 60%?
Para casos excepcionales, tendrás que contactar con tu Line Manager para que tramite directamente la solicitud con RRHH.
¿Qué pasa si me deniegan el teletrabajo o tengo alguna incidencia durante la tramitación?
Nuestra recomendación es que contactes con nosotros a la mayor brevedad posible para que podamos trasladarla a la comisión y se resuelva.
El próximo martes 21 de marzo mantendremos una nueva reunión con la empresa para conocer si ya se ha implementado la aplicación y si existe alguna incidencia relativa a este asunto.
De momento, puedes seguir utilizando tu modalidad de teletrabajo, como hasta ahora.