ERTE, mediación en el SIMA, sin acuerdo

Ayer, día 11 de junio ha tenido lugar el acto de Mediación en el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje), paso previo a la celebración del juicio en la Audiencia Nacional contra el ERTE de Atos Spain. Que se celebrará el próximo día 24 de noviembre, a las 11 horas.

Como era previsible, dicho acto se ha cerrado sin acuerdo. A pesar de las casi 2 horas y media de reunión, no hay demasiada información relevante que destacar, aunque sí algunas anécdotas.

Interesante la postura de la empresa que ha alegado que “no quisimos presentar propuestas”.

Pero lo que realmente sucedió es que desde el principio les pedimos la información necesaria para analizar las causas que alegaban, aunque en ningún caso nos la facilitaron.

Obviamente, les hemos aclarado que sin saber si las causas esgrimidas se ajustan a la realidad, no podíamos aceptar que 517 personas (las afectadas inicialmente) o posteriormente 393, se fueran al paro/reducción de jornada, solo por conjeturas y sin una mínima prueba de que algún cliente haya solicitado o informado de una bajada del servicio.

La postura común de todos los sindicatos contrarios a este ERTE ha sido que, si la empresa lo retira, facilita la información requerida desde el inicio de las negociaciones y esta justifica la necesidad de este tipo de medidas, habríamos podido avanzar en el proceso de negociación. Lo que ha resultado evidente que la empresa no parecía interesada en facilitarnos los datos que solicitamos, posiblemente, porque estos nos darían la razón, que Atos, está utilizando al SEPE como agencia de trabajo temporal, no importándoles lo más mínimo sus trabajadores y trabajadoras, ni el conjunto de la sociedad.

Atos, empresa INHUMANA

Primero vino la empresa solicitando que cogiéramos vacaciones antes de mayo para evitar los efectos en la plantilla del COVID-19 y de esta forma evitar otras medidas más drásticas para la plantilla.

Pues como podéis imaginar, era otra forma de engañar a las personas o simplemente son unos incompetentes y valoraron dicha medida mal, con lo cual no dio los “frutos” que esperaban.

Siguiendo con su gran gestión, aplican un ERTE en el que no obtienen la mayoría de la representación sindical, porque no son capaces de dar toda la información solicitada, pero lo aplican.

Pero su voracidad, no acaba aquí. No contentos con eso, empiezan una campaña para que solicitemos las vacaciones lo antes posible y por supuesto lo hacemos. Pero tampoco les vale, quieren más.

Ahora resulta que a las personas que hemos pedido vacaciones durante la primera quincena de enero, al amparo del Acuerdo Marco, nos las están cancelando y requiriéndonos que las cojamos en verano o dentro del año 2020.

¿alguien entiende que justo cuando se supone que va a comenzar la actividad tengamos que dejar de atender a los clientes y perder facturación?

Resulta sorprendente que luego recibamos mails en los que nos indican que esta empresa cuida de las personas, cuando luego es tan INHUMANA de no dejarnos disfrutar con nuestros seres queridos en vacaciones, de mandarnos al paro o reducirnos la jornada/salario sin justificación.

Si estas sufriendo esta situación por favor ponte en contacto con es.cobas@atos.net

Ampliación de permisos por paternidad – Permiso por nacimiento y cuidado del menor 2020 y 2021

Con la entrada en vigor del Real Decreto Ley de 6/2019, se han modificado algunas condiciones relacionadas con estos permisos, quedando de la siguiente manera:

Año 2020:

Para nacimientos:

Madre biológica: permanece como hasta ahora

Pareja progenitora: 12 semanas de permiso+ 2 semanas que podría cederle la madre de su permiso de maternidad.

Como se pueden disfrutar las 12 semanas:

      • 4 semanas obligatorias para disfrutar inmediatamente después del parto a jornada completa.
      • 8 semanas continuadas o interrumpidas por periodos semanales, en régimen de jornada completa o parcial a disfrutar dentro de los primeros 12 meses de nacimiento.

Para adopción:

Cada progenitor o progenitora dispondrán de 6 semanas obligatorias ininterrumpidas e inmediatamente después de la resolución judicial o decisión administrativa de adopción.

Además, tendrán 16 semanas voluntarias a repartir entre ambas personas progenitoras ininterrumpidas, dentro de los 12 meses siguientes a la resolución. Con un máximo de 10 semanas para una de ellas.

Año 2021:

Para nacimientos: La prestación será igual que la de la madre biológica.

Para adopciones:

16 semanas para cada progenitor, 6 de ellas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa inmediatamente después de la resolución judicial o decisión administrativa de adopción.

Las 10 semanas restantes de forma acumulada o interrumpida por periodos semanales a disfrutar durante los 12 meses siguientes a la resolución.

 

Si te surge alguna duda al respecto, contáctanos: es-cobas@atos.net